Termina la contribución obligatoria a las Cámaras de Comercio (13/12/2010)

Una de las medidas presentadas por el Gobierno es el final del Recurso Cameral, una contribución económica que llevan años haciendo las empresas a las Cámaras de Comercio, hasta ahora obligatorio y considerado por muchos como un impuesto revolucionario.

Este canon oscila entre el 0,75% y el 0,01% de los beneficios de la empresa (a mayores ganancias, menor es el porcentaje) y supone cerca del 40% de los ingresos de las 88 cámaras que existen en España, agrupadas en el Consejo Superior de Cámaras de Comercio.

Esta medida supone para las empresas un ahorro de 250 millones de euros, de los que 90 millones beneficiarán a las pymes; para las Cámaras un futuro lleno de sombras y de reducción de estructura y gastos.

Actualmente las Cámaras recaudaban por tres vías:
1. Las sociedades que obtubieran un resultado positivo, debían pagar un 0,75% de sus beneficios.
2. Los empresarios individuales que tributan en el IRPF están obligados a pagar un 1,5 por mil de cuota a la Cámara de Comercio.
3. Dinero procedente del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para aquellas sociedades que facturan más de un millón de euros.

Fuente: Emprendemanía

 
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